OperArte, se compromete a participar con el servicio antes solicitado, en el día, lugar y hora exacta solicitada. 

El periodo estipulado para cualquier evento  es  de una hora; y se otorgará como tiempo excedente sólo 15 minutos más de servicio, en el entendido de que si el servicio solicitado  se extiende más de ese tiempo, ÓperArte no se hace responsable ni puede obligar a los cantantes y músicos a permanecer en el lugar. En caso de que la parte contratante requiera de tiempo extra de los servicios de los artistas, se comprometerá a pagar el importe correspondiente a la parte proporcional que resulte de dividir el importe del valor del servicio entre el tiempo transcurrido, siempre y cuando la parte contratada esté disponible para seguir prestando sus servicios. 

Este servicio deberá ser cubierto antes de dar inicio del tiempo requerido. 

En contratante se obliga a pagar por el servicio antes solicitado la cantidad estipulada misma que será pagada de la siguiente forma. 

Anticipo de acuerdo al servicio solicitado y de acuerdo a la modalidad que eligió, debiéndose liquidar como máximo una semana antes del servicio contratado. 

Los precios publicados son dentro de la Zona Metropolitana, en caso de que fuera después de la periferia de la ciudad de Guadalajara, se incrementara dependiendo de la distancia en tiempo y kilometraje, previo acuerdo entre las partes contratantes, estando de completo acuerdo el contratante en cubrir a los artistas todos los gastos que se realicen por conceptos de viáticos. 

En caso de que el evento sea de carácter religioso al repertorio musical a interpretarse será el adecuado y solamente el autorizado por la iglesia. 

En caso de rescisión anticipada, del presente contrato por parte del contratante, no se restituirá la cantidad consignada como anticipo. 

Sabedoras ambas partes de las pena en que se incurrieren al faltar a lo estipulado en el presente contrato fijan como indemnización única el monto total del mismo, señalando a los Tribunales de la Ciudad de Guadalajara, Jal. Como los únicos competentes para conocer de su cumplimiento o su rescisión y firman de conformidad en la ciudad de Guadalajara, Jalisco en la fecha antes mencionada 

 

ACEPTO